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General
El Gobierno reglamentó la ley de Economía del Conocimiento

Tiene como objetivo promocionar actividades económicas que apliquen el uso del conocimiento y la digitalización de la información.

La medida fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial, mediante el decreto 708/2019, donde se detalló que el Régimen tiene como finalidad la creación, diseño, desarrollo, producción e implementación o adaptación de productos y servicios y su documentación técnica asociada, tanto en su aspecto básico como aplicado, incluyendo el que se elabore para ser incorporado a procesadores u otros dispositivos tecnológicos.

Así, podrán acceder a los beneficios de este proyecto las personas jurídicas que desarrollen en el país, por cuenta propia y como actividad principal en servicios geológicos, nanotecnología, industrias aeroespacial, satelital y nuclear, los sectores de videojuegos y robótica, los servicios de electrónica y comunicaciones, la industria del 4.0 y todos aquellos “servicios profesionales que tengan por objeto la exportación”.

Esta normativa prevé un tratamiento fiscal diferenciado para sus beneficiarios. Así, esos servicios sólo podrán computarse siempre que el 70% de la facturación total, o el 45% si se tratare de una micro o pequeña empresa, corresponda a exportación de “servicios profesionales” prestados al exterior, es decir, a aquellos realizados en el país a título oneroso y sin relación de dependencia.

La declaración jurada que tendrán que presentar los interesados, deberá contener la descripción de las actividades que la persona jurídica está realizando y que, al menos, el 70% de su personal en relación de dependencia y de la masa salarial bruta. En tanto, el normal cumplimiento de las obligaciones impositivas y previsionales del solicitante, será consultado por la Autoridad de Aplicación a la AFIP.